Todas las notas disonantes descritas anteriormente se sujetan a las reglas de los retardos descendentes y ascendentes: no permiten duplicar la nota de resolución, salvo las fundamentales en el bajo, y siempre a una distancia de al menos una octava.
A veces se hace también una excepción para el bajo del acorde de sexta y para las notas que constituyen la quinta del acorde.
Por consiguiente, las notas que constituirían un obstáculo deben cambiar de posición, como indican las líneas en los ejemplos anteriores.
Todos los recursos señalados anteriormente se emplean preferentemente como adornos de la voz superior, aunque también pueden aparecer en las demás voces.