§ 69. — 1) Cuando una voz, al pasar de un acorde a otro, detiene momentáneamente su movimiento conjunto y retrasa su entrada en el segundo acorde, produce el recurso llamado retardación o retardo.
Según el movimiento de la voz, el retardo puede ser ascendente o descendente. El retardo debe caer siempre en el tiempo fuerte del compás o en la parte fuerte de un tiempo; la preparación puede situarse en el tiempo débil o en el tiempo fuerte del compás anterior, y la resolución en el tiempo débil siguiente.
En un compás de tres tiempos, la resolución cae en el tercer tiempo, y también en el segundo si el tercero contiene un acorde nuevo:
2) El retardo debe formar un acorde disonante o una combinación incidental. En sus ejercicios, el alumno hará bien en abstenerse de retardos consonantes.